Ataque masivo a usuarios españoles de Netflix para robar sus cuentas

La compañía de ciberseguridad Panda Security ha detectado un ataque masivo a cientos de usuarios en España y Estados Unidos. El «phishing» -incidente en el que los ciberdelincuentes se hacen pasar por la compañía para que el cliente les facilite sus datos- se propaga por medio de un correo electrónico con el asunto «Notice – Document», seguido por una serie de números como «941-4259». En este mensaje, que «suplanta con bastante acierto la identidad corporativa de Netflix», aseveran desde la empresa de seguridad, los piratas informáticos piden la verificación de los datos de acceso de los usuarios a la plataforma audiovisual.

El mensaje pide que se actualicen los datos de pago de la cuenta, por lo que los delincuentes podrían hacerse, además de con el usuario, email y contraseña, con información bancaria.

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FUENTE ORIGINAL: ABC DE SEVILLA 

 

 

Cuatrocientos hackers «buenos» se reúnen en Sevilla para analizar la ciberseguridad

Más de 400 hackers «buenos» o «ético» se darán cita en Sevilla este fin de semana con motivo de la celebración del Congreso de Ciberseguridad y Hacking (Sec Admin) en las instalaciones de la Escuela Superior de Ingeniería Informática de la Universidad de Sevilla. Los recientes fallos del sistema Lexnet, la supuesta injerencia rusa en la crisis de Cataluña, los ataques informáticos Wannacry y los fallos de Whatsapp son algunos de los temas que se tratarán a lo largo de este Congreso. En total serán más de 18 charlas, 2 keynotes y 7 talleres de nivel principiante e intermedio.

Sec Admin es un evento especializado que se ha consolidado y crecido en número de asistentes y conferencias año tras año y en el que se comparten conocimientos en materia de ciberseguridad con expertos a nivel nacional e internacional. Esta cuarta edición tendrá lugar en un momento en el que la ciberseguridad está más de actualidad que nunca.

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FUENTE ORIGINAL: ABCDESEVILLA.COM

Detenidos dos sevillanos por estafar a una burgalesa con la venta de un robot de cocina

La Guardia Civil ha detenido a J.H.C., de 29 años de edad, y M.H.C., de 35 años, vecinos de Sevilla, como presuntos autores de un delito de estafa a través de Internet, al anunciar y vender un robot de cocina que nunca entregaron a pesar de cobrar el importe de su venta.

Según explican fuentes del Instituto Armado, los hechos se remontan al pasado mes de agosto. Una vecina de una población perteneciente al Alfoz de Burgos denunciaba en el Puesto Principal de la capital una supuesta estafa a través de Internet, al intentar adquirir un robot de cocina anunciado en una página web.

El precio de la transacción era de 600 euros, por lo que tras contactar con los supuestos propietarios del anuncio, realizó dos ingresos hasta completar el importe convenido, si bien nunca recibió el artículo elegido.A pesar de su insistencia, los anunciantes no respondían a sus llamadas y mensajes y tampoco le fueron devueltas las cantidades entregadas.

El Área de Investigación de la Guardia Civil abrió entonces una investigación para comprobar los hechos, verificando que las cantidades fueron entregadas y que las mismas fueron retiradas en dos ocasiones distintas, una por un hombre y otra por una mujer, en cajeros automáticos de Madrid.

Sin embargo, la línea de investigación seguida llevó a los agentes hasta Sevilla, donde residían dos hermanos, a los que la información y pruebas obtenidas les vinculaban con la operación fraudulenta.

Identificados y localizados, con indicios suficientes de su participación en los hechos, con el apoyo de la Unidad Orgánica de Policía Judicial del Cuerpo en Sevilla, han sido detenidos.

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FUENTE ORIGINAL: BURGOS CONECTA

El Tribunal Supremo advierte de que retuitear mensajes de enaltecimiento del terrorismo también puede ser delito

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que destaca que retuitear mensajes o imágenes de apoyo a ETA o de homenaje a los terroristas puede ser delito de enaltecimiento del terrorismo, ya que el tipo penal no exige “que el acusado asuma como propio, razone o argumente la imagen y su mensaje, ni tampoco que sea el que lo haya creado; basta que de un modo u otro accedan a él, y le den publicidad, expandiendo el mensaje a gran cantidad de personas”.

La sentencia confirma la condena de 1 año y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a A.J.G. por publicar en Twitter, entre 2014 y 2015, un vídeo compuesto por diferentes imágenes sobre ETA y sus integrantes, en ocasiones armados; por retuitear una foto del terrorista fallecido Josu Uribetxeberría Bolinaga junto al lema “Adiós y honor” en vasco; y por publicar en la misma red dos mensajes sobre este miembro de ETA, condenado en su día por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara.

El acusado recurrió al Supremo alegando que las imágenes y vídeos reproducidos en su cuenta de Twitter no eran expresión de un mensaje, razonamiento o argumentación propios, sino que existían previamente en los medios, ya que el término retuitear significa reproducir lo que preexistió. El Supremo contesta que el tipo penal no requiere que el acusado asuma como propio el mensaje o la imagen, o que los haya creado, sino que basta que tengan acceso a ellos y les den publicidad.

También alegaba el recurrente que no era delito mostrar una foto tomada por un tercero, ni tampoco reproducir un vídeo en el que aparece alguien bailando durante el funeral del miembro de ETA Uribetxeberria Bolinaga, porque no fue el acusado quien bailaba, ni quien grabó el vídeo, ni quien lo incorporó a internet.

El Supremo rechaza estas argumentaciones recordando que tampoco importa que la foto sea tomada por un tercero si el que la recoge y lanza a la red pública es el acusado. “Mostrar determinadas fotos, y más con mensaje añadido, constituye un realce de la conducta y persona y constituye una incitación a la imitación, si al terrorista se le presenta, como un prohombre, modelo a imitar o dechado de virtudes, cuando su fama procede únicamente de ser terrorista”, agrega el tribunal.

Acerca de la danza , canto del «aurresku» y otras loas y alabanzas a Uribetxeberría en un vídeo, el TS indica que “no precisa la ley penal que sea el acusado el que baile o grabe el vídeo. Este aspecto no lo impone la tipicidad, bastando con publicitar lo grabado con posibilidad de que terceras personas se percaten de que están enalteciendo la trayectoria personal y los «méritos» de alguien cuya fama procede de los actos terroristas ejecutados”.

El tribunal indica que la mención «Adiós y Honor», que aisladamente considerada podría ser insuficiente para constituir el ilícito penal enjuiciado, fue acompañada de la reproducción del homenaje póstumo a un miembro de ETA mediante la danza tradicional mencionada, poniéndolo como con modelo a emular («Tu dignidad nuestro modelo»), reproduciendo incluso la mención de que el mejor homenaje es seguir luchando.

El Supremo rechaza por último la alegación del acusado de que su conducta fue en ejercicio de la libertad de expresión, ya que las conductas de apología o enaltecimiento de los actos de terrorismo o de sus autores no se hayan amparadas por ese derecho.

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FUENTE ORIGINAL: CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL “poderjudicial.es”.

Condenada una concejala de Catarroja (Valencia) por una intromisión ilegítima en el derecho al honor del torero Víctor Barrio

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sepúlveda ha condenado a una concejala de Catarroja por un delito contra el derecho al honor del torero fallecido Víctor Barrio.

El Juzgado ha considerado que el contenido del mensaje publicado en la página de la red social Facebook de la demandada constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor del torero.

Por tanto, el Juzgado ha condenado a la demandada a retirar de su página en la red social todo aquel mensaje que constituya una intromisión ilegítima al honor de Víctor Barrio.

Además, la demandada tendrá que publicar a su costa la sentencia en los mismos medios en los que divulgó el mensaje y deberá abonar a los demandantes la suma de 7.000 euros en concepto de daños morales y perjuicios.

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FUENTE DE LA NOTICIA: COMUNICACIÓN PODER JUDICIAL

Revocada la absolución del tuitero que insultó a la presidenta del Parlamento de Navarra

El tribunal estima el recurso del fiscal y fija una condena de 1.260 euros de multa por un delito de injurias graves con publicidad
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha revocado la sentencia absolutoria del hombre que insultó en Twitter a la presidenta del Parlamento de Navarra y le ha condenado a una multa de 1.260 euros por un delito de injurias graves con publicidad.

El 23 de abril de 2016, sobre las 8.04 horas, el inculpado publicó el siguiente tuit con una mención directa a Ainhoa Aznárez: ”Es usted una hija de la gran puta, amiga de asesinos. Terrorista torturadora”. Este mensaje fue retuiteado en al menos una ocasión.

La presidenta del Parlamento presentó denuncia ante la Policía Foral el 25 de abril, si bien, según consideró probado en la sentencia el titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona, “no se presentó al acto del juicio pese a estar legalmente citada”.

En la sentencia absolutoria, el magistrado exponía que “si la denunciante hubiera tenido a bien comparecer en el juicio, el resultado de la sentencia podría haber sido muy diferente”.

El juez explicaba que su voluntaria falta de asistencia al juicio, sin alegar motivo alguno, generaba “una sombra de duda” que podía ser interpretada, de conformidad con el principio in dubio pro reo, a favor del acusado”.

Al respecto, el juez señalaba que desconocía si las expresiones vertidas habían lesionado la dignidad de la denunciante, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación, y, por otra parte, ignoraba si su voluntaria falta de asistencia al juicio se debía a que perdonaba al autor confeso de las expresiones injuriosas enjuiciadas.

El Ministerio Fiscal recurrió la sentencia absolutoria al considerar que las expresiones son ofensivas y lesionan la dignidad de la persona, y quien las profirió lo hizo con intención de injuriar.

La Sección Primera de la Audiencia concluye en este sentido que resulta “evidente” que la expresión vertida en el mensaje de Twitter no tiene una intencionalidad de crítica o sátira política, sino que es objetivamente injuriosa y con ánimo de ofender.

Para la Audiencia, al concurrir los elementos exigidos en el delito de injurias, no hay motivo para valorar la procedencia de la comparecencia en el juicio de la persona destinataria de la expresión injuriosa.

Detenido en Lora del Río por difundir imágenes sexuales de su expareja en las redes

La Guardia Civil ha detenido en Lora del Río (Sevilla) a una persona por difundir imágenes de contenido sexual de otra persona de Cádiz con la que mantuvo una relación.

Según ha explicado el instituto armado, al detenido se le imputa un delito contra la intimidad al difundir imágenes de contenido sexual a través de las redes sociales.

La víctima inició una relación sentimental con el ahora detenido, enviándole fotos íntimas durante el tiempo que estuvieron juntos.

Cuando la relación finalizó, el detenido supuestamente creó un perfil falso en redes sociales, contactando con la víctima y amenazándola con enviar sus fotos íntimas a todos sus contactos si no mantenía una relación íntima con él.

Como la víctima no accedió a su solicitud, el detenido consolidó la amenaza, difundiendo las imágenes.

Una vez presentada la correspondiente denuncia, los agentes comprobaron los hechos y localizaron y detuvieron en Lora del Río a la persona que había mantenido una relación la víctima.

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FUENTE ORIGINAL: ABCDESEVILLA

Un nuevo phishing bancario circula por Internet

Un nuevo phishing circula por correo electrónico. En esta ocasión se trata del Banco Sabadell la entidad financiera a la que intentan suplantar con el objetivo de que el usuario facilite sus credenciales de acceso bajo el pretexto de haberse detectado una serie de errores en la información que se tiene registrada de su cuenta.

Uno de los mayores temores a la hora de utilizar nuestros dispositivos, tanto de sobremesa como móviles, es caer en algún tipo de fraude o malware Esta semana el boletín de seguridad ofrece una serie de consejos para que los usuarios eviten ser víctima a la hora de usar sus dispositivos.

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FUENTE ORIGINAL: INCIBE

Detenido un menor sevillano que administraba un grupo de WhatsApp para pedófilos

Agentes de la Policía Nacional han dirigido una operación internacional en la que han sido detenidas 50 personas en 15 países por distribuir pornografía infantil a través de grupos de WhatsApp. De los detenidos, once se han realizado en España –tres en Andalucía–, destacando un menor de edad sevillano que administraba uno de los grupos de la red social y un multirreincidente vecino de Tarragona.

Las investigaciones, que contaron con el apoyo de la Secretaría Ejecutiva de Ameripol y de Interpol, se iniciaron cuando los ciberagentes españoles hallaron en la denominada ‘Darknet‘ un enlace a la aplicación de telefonía Whatsapp, que les condujo hasta un chat en el que pedófilos de varios países de habla hispana intercambiaban pornografía infantil.

A partir de este hallazgo, se hicieron nuevas indagaciones para localizar los diferentes grupos análogos creados por los participantes del chat detectado inicialmente, dando como resultado una investigación que implicó a 24 países con más de 100 personas investigadas.

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FUENTE ORIGINAL: ABCDESEVILLA.ES

Exigen un rescate de 6.000 euros a un bufete de Sevilla al que encriptaron todos sus ficheros

Despachos de abogados y estudios de arquitectura de Sevilla están sufriendo a diario ataques mediante «ransomware», un programa informático que infecta sus ordenadores, secuestra sus archivos y pide un rescate para desencriptar sus ficheros. Ignacio, nombre ficticio para preservar su anonimato, ha sufrido en su bufete dos ciberataques desde agosto de 2016, uno de ellos en sus oficinas de Madrid y el segundo en el despacho de Sevilla. El primero de esos ataques les hizo perder la documentación de todo un año. El segundo no les cogió desprevenidos porque ya realizaban semanalmente copias de seguridad en discos duros externos.

«La primera vez nos ocurrió en el despacho de Madrid en el verano de 2016. Nos enviaron un correo electrónico con membrete de Correos. Un empleado lo abrió sin sospechar que tenía un virus que bloqueó todos nuestros documentos en Word, los pdf y el programa de gestión. Teníamos antivirus pero no fue efectivo», explica este letrado.

Este bufete tenía copias de seguridad pero dentro del disco curo, en pen drive conectados al ordenador y en Dropbox. «No pudimos rescatar esas copias porque todo estaba conectado a la red. Los ciberdelincuentes nos mandaron un e mail exigiendo 2.500 libras en bitcoins por desencriptar los archivos pero nos negamos y denunciamos el caso en la Policía. Sabía —dice Ignacio— que si pagábamos íbamos a convertirnos en sus clientes habituales». Rescataron toda la información gracias a una copia de seguridad que habían realizado un año antes en un DVD. Durante seis meses, dos empleados del bufete tuvieron que pasar al ordenador otra vez la información que fueron rescatando del último año mediante procuradores y papeles.

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FUENTE ORIGINAL: ABCDESEVILLA