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Lexnet abogacía

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Fuente: Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla.

Entrevista del mes a Rocío Reifs Santiago

¿Qué te motivo a acercarte al Derecho de las Nuevas Tecnologías?

El gran avance de las NNTT ha traído consigo que en los últimos tiempos el día a día de la mayor parte de la población gire alrededor de las tecnologías de la información, tanto a nivel profesional como personal, posicionándose las redes sociales como posiblemente el canal actual de interacción de las relaciones personales.

Ante este panorama, me despertaron gran interés los riesgos jurídicos referidos a temas como las injerencias en privacidad derivadas de los datos que terceros pueden tener acerca de nosotros, la contratación electrónica, el uso de las redes sociales como medio para hacer cualquier tipo de manifestación con la idea generalizada de inmunidad total, o la concepción de que lo que esta en Internet es de todos.

¿En qué área de este Derecho te has especializado más?

Los peligros en nuestra privacidad que pueden traer consigo las NNTT han sido uno de los aspectos en los que he tenido un especial interés desde el principio. Las posibilidades actuales de las empresas en cuanto al tratamiento de grandes bases de datos personales de los individuos unidas al conocimiento exhaustivo que pueden tener de los mismos, han hecho que el ámbito de la protección de datos me haya apasionado.

De igual manera, los nuevos modelos de negocio en los que la contratación electrónica es la base, o sectores como la propiedad intelectual o industrial son áreas en las que me he centrado especialmente.

¿Cómo ves el presente y el futuro del Derecho de las Nuevas Tecnologías?

Como dije anteriormente, las NNTT son ya el eje central alrededor del cual gira nuestro día a día.

Es poco concebible a estas alturas imaginar las relaciones laborales no informatizadas, el comercio electrónico ha llegado para quedarse, las redes sociales son los actuales canales de expresión a través de los cuales lo que decimos se manifiesta ahora a través de un altavoz que llega a millones de personas, nuestros datos personales se han convertido en un negocio para las empresas, Internet hace accesible a cualquier usuario contenidos que son explotados por terceros sin derecho alguno para ello y  han surgido nuevos delitos como consecuencia de las vías que abren las NNTT. Todas estas circunstancias son las controversias que se presentan en la actualidad y que creo que hacen necesario por un lado la implantación de áreas especializadas en Derecho de las NNTT en los despachos, y por otro que nuestra normativa vaya dando respuestas a los nuevos problemas que vayan surgiendo como consecuencia de la tecnología.

¿Crees  que los abogados (de cualquier rama) aprovechan el uso de las Nuevas Tecnologías para el ejercicio de su profesión?

Posiblemente el mundo de la tecnología era hasta hace un tiempo la asignatura pendiente en esta profesión. Sin embargo, creo que actualmente las NNTT han entrado con fuerza en nuestro sector. La eficiencia de los instrumentos que éstas ponen al servicio de la gestión del trabajo creo que no ha pasado desapercibida para los despachos.

Además veo que cada vez más el sector se viene preocupando por estar presente en Internet y por la idea de que quien no está en Internet no existe.

¿Cómo crees que cambiará el ejercicio de la Abogacía en un futuro inmediato?

Estoy convencida de que en muy poco tiempo la mayor parte de los despachos cambiaran la tradicional forma de relación con el cliente para adaptarse a las necesidades actuales. En este sentido creo que los encuentros presenciales derivaran en formas de contacto entre abogado y cliente a través de las NNTT, de las que probablemente la asesoría legal online y el uso de las redes sociales sean la base de estos nuevos modelos.

De igual manera, la gestión de los procesos legales a través de las NNTT es una necesidad que no creo que tarde en ser una realidad.

 

 

 

Reforma de la Ley de acceso a la Abogacía

El Real Decreto Ley de Mediación Civil y Mercantil ha incluido una modificación de la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procuradores, de forma que los Licenciados en Derecho no queden discriminados y puedan quedar exentos o convalidar sus créditos al cursar el postgrado al que les obliga la Ley original aprobada en 2006.

De este modo, se establecen cuatro excepciones al master para obtener el título son las siguientes:

  1. En primer lugar, todos aquellos que se matricularon antes de que se aprobara la Ley en octubre de 2006 no tendrán que realizar el postgrado si en un plazo de dos años una vez finalizada la carrera proceden a colegiarse.
  2. En segundo lugar, quienes se matricularon en la licenciatura de Derecho después de 2006 quedarán exentos de la parte teórica del postgrado. Sólo será necesario que cumplan con la parte práctica.
  3. El tercer apartado es para aquellos estudiantes que solicitaron la homologación de un título extranjero antes de que entrara en vigor la Ley. Quedarán también exentos siempre y cuando se colegien en un plazo máximo de dos años desde que obtengan la homologación.
  4. Por último, tampoco se exigirá el título profesional a los estudiantes que obtuvieron su licenciatura antes de la Ley de 2006, pero tendrán que colegiarse también en un plazo de dos años.

httpv://www.youtube.com/watch?v=KFWviioX4sE