El Tribunal de Justicia anula la sentencia del Tribunal General que confirmó la multa de 1.060 millones de euros impuesta por la Comisión a Intel por abuso de posición dominante

Se devuelve el asunto al Tribunal General para que éste examine las alegaciones de Intel sobre la capacidad de los descuentos controvertidos para restringir la competencia.

Mediante Decisión de 13 de mayo de 2009, la Comisión impuso al fabricante americano de microprocesadores Intel una multa de 1 060 millones de euros por haber abusado de su posición dominante en el mercado de las CPUs, infringiendo así las normas sobre competencia de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (EEE). La Comisión ordenó además a Intel que pusiera fin a la infracción inmediatamente, en caso de que no lo hubiera hecho aún.

Según la Comisión, Intel abusó de su posición dominante en el mercado mundial de las CPUs x86 entre octubre de 2002 y diciembre de 2007, al aplicar una estrategia destinada a expulsar del mercado a su único competidor importante, la empresa Advanced Micro Devices, Inc. (AMD).

La Comisión consideró que Intel ocupaba una posición dominante porque poseía una cuota de mercado de alrededor del 70 % o más y porque para los competidores resultaba extremadamente difícil entrar en el mercado y expandirse, debido a que las inversiones en investigación y desarrollo, propiedad intelectual e instalaciones productivas no son recuperables.

Según la Comisión, el abuso consistió en diversas medidas adoptadas por Intel respecto a sus propios clientes (fabricantes de ordenadores) y al distribuidor europeo de dispositivos microelectrónicos Media-Saturn-Holding.

Así, Intel concedió descuentos a cuatro destacados fabricantes de ordenadores (Dell, Lenovo, HP y NEC) con la condición de que éstos le compraran la totalidad o la casi totalidad de sus CPUs x86. Además, Intel efectuó varios pagos a Media-Saturn para que ésta vendiera exclusivamente ordenadores equipados con las CPUs x86 de Intel. Según la Comisión, esos descuentos y pagos garantizaron la fidelidad de los cuatro fabricantes citados y de Media-Saturn y redujeron notablemente la capacidad de los competidores de Intel para competir basándose en las virtudes de sus CPU x86. Por lo tanto, la conducta contraria a la competencia de Intel contribuyó de ese
modo a reducir las opciones ofrecidas a los consumidores y los incentivos a la innovación.

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FUENTE ORIGINAL: TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA