El Tribunal Supremo establece que el «Bitcoin» no es dinero

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera que el bitcoin no es dinero, ni puede tener esa consideración legal a los efectos de responsabilidad civil al considerar que se trata de un activo inmaterial de contraprestación o de intercambio en cualquier transacción bilateral en la que los contratantes lo acepten.

Ante un caso de estafa en el que las víctimas reclamaban la restitución de los bitcoins perdidos a causa de la estafa, la Sala respondió la pasada semana que aunque su propia jurisprudencia ha expresado la obligación de restituir cualquier bien objeto del delito, incluso el dinero, las víctimas de la estafa no fueron despojados de bitcoins que deban serles retornados, sino que “el acto de disposición patrimonial que debe resarcirse se materializó sobre el dinero en euros que, por el engaño inherente a la estafa, entregaron al acusado para invertir en activos de este tipo. Por otro lado, tampoco el denominado bitcoin es algo susceptible de retorno, puesto que no se trata de un objeto material, ni tiene la consideración legal de dinero».

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FUENTE ORIGINAL: PODER JUDICIAL